🔔 ¿Preparados para el RD 427/2021? El tiempo corre...
Cuenta atrás para el cumplimiento del RD 427/2021 en minería subterránea y túneles. A falta de menos de un año (febrero de 2026), las empresas del sector minero subterráneo y de construcción de túneles deben adaptarse al Valor Límite Ambiental (VLA) de 0,05 mg/m³ de carbono elemental respirable, según el Real Decreto 427/2021.
Este límite, que ya aplica desde 2023 al resto de sectores, obliga a controlar la exposición a emisiones de motores diésel, reconocidas como cancerígenas por la IARC. La fecha límite para estos sectores no se ha prorrogado, y todo apunta a que no habrá moratoria adicional. No habrá prórrogas.
👉 Las emisiones diésel se consideran cancerígenas.
👉 Este Real Decreto obliga a reducirlas sí o sí.
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